Parque Natural Urbano Lorne Ross

Pilar Cisneros presentó 51 mociones de fondo contra el proyecto de ley.

Tabla con 4 columnas y 12 filas.
Artículo 1Modificar el artículo para indicar que el parque será de categoría estatal, bajo la administración del Minae.Créase el Parque Natural Urbano Lorne Ross en las fincas inscritas a nombre del Estado, donde se localiza el Centro de Conservación Santa Ana o zoológico de Santa Ana.4
Artículo 2Autorizar al Minae a suscribir convenios de cooperación con organismos nacionales e internacionales y entidades públicas para el desarrollo del área silvestre protegida.Autoriza al Minae a suscribir un convenio de 20 años con la Municipalidad de Santa Ana para administrar el Parque Lorne Ross.7
Artículo 3Otorgar facultades al Minae y Sinac para la conservación y restauración del Parque Lorne Ross.Establece los objetivos que la Municipalidad de Santa Ana debe promover como parte de la conservación, restauración, educación y recreación del Parque Natural Urbano Lorne Ross.4
Artículo 4El Minae podrá terminar de forma anticipada el convenio con la Municipalidad de Santa Ana, para el desarrollo y gestión del área silvestre protegida.El Minae podrá terminar de forma anticipada el convenio, sin responsabilidad alguna para el Estado y previo a una consulta a la comunidad de Santa Ana.6
Artículo 5Modificar el artículo para indicar que el uso de suelo de categoría estatal será responsabilidad del Sinac. El uso del suelo de los inmuebles ubicados en el Parque Lorne Ross no podrá ser modificado por la Municipalidad de Santa Ana.6
Artículo 6El Minae deberá establecer y ejecutar un Plan de Manejo de categoría estatal. La Municipalidad de Santa Ana deberá establecer y ejecutar un Plan de Manejo. La elaboración del plan debe coordinarse con el Minae.4
Artículo 7La Municipalidad de Santa Ana podrá colaborar con el Minae a través de un convenio de cooperación con base en el Plan de Manejo.La Municipalidad de Santa Ana asignará en sus presupuestos las partidas económicas para la ejecución del convenio.7
Artículo 8Las edificaciones del Parque Natural Urbano Lorne Ross deben reflejarse en el plan de manejo establecido por el Minae.Las edificaciones, actualmente declaradas patrimonio, deben ser conservadas en coordinación con el Ministerio de Cultura y Juventud y el Museo Nacional.3
Artículo 9Modificar el artículo para que en el plan de manejo se caractericen la flora y la fauna que se ubica en sus linderos y no se ubiquen animales en cautiverio ni zoológicos.Los animales en cautiverio del Centro de Conservación deben ser trasladados a otros sitios seguros.3
Transitorio IModificar el transitorio I para que el artículo 1 entre a regir desde los 6 hasta los 12 meses.El artículo 1 de la presente ley entrará a regir en un plazo máximo 3 meses a partir de la aprobación de esta ley.2
Nuevos artículosAñadir nuevos artículos que establezcan los motivos por los cuales el Minae podría solicitar la suspensión o terminación del contrato y que las actividades que ahí se desarrollen sean promovidas con participación de organismos gubernamentales.3
Eliminar artículosPropone eliminar el artículo 2 y 9 del proyecto.2