Table with 1 columns and 6 rows.
1. Durante los ejercicios fiscales de los años 2020 y 2021 no se efectúo cálculo, retención y entero del Impuesto sobre Aguinaldo y Gratificación de fin de año.
2. A partir del año 2022, se dio una disminución significativa en los pagos deducibles, lo que ocasionó una disminución al salario neto del trabajador.
3. La información del visor de nómina del SAT no corresponde con la base de datos de la declaración anual del ejercicio fiscal 2023, lo que llevó a pagar diferencias de Impuesto que no es clara su procedencia.
4. La notificación de cobro que recibieron los trabajadores a través de su correo institucional, contiene cantidades a pagar de ISR más altas que las que resultan de la declaración anual 2023.
5. En la segunda quincena de octubre en la que fue pagada la prestación anual denominada RZ Rezonificación Salarial, por inconsistencia del cálculo la retención se incrementó un 400%, respecto con la retención ordinaria.
6. El monto determinado para el cálculo del ingreso fiscal y el impuesto del aguinaldo no permite que los trabajadores de la educación reciban de manera íntegra el aguinaldo.