Elemento críticoDiscrepanciaSolución planteada por Aviación CivilEstado
Funciones de vigilanciaFormalizar los métodos y procedimientos de control cuando designe o delegue responsabilidades a asesores externos como ACSA que es dependencia de Cocesna.Se creó la Carta de Políticas 8 y se estableció el procedimiento 7P19 como parte del Sistema de Gestión y Aseguramiento de Calidad de la institución.Cerrada
Funciones de vigilanciaAviación Civil debe establecer y documentar los procedimientos para asegurar la delimitación adecuada de la autoridad cuando existen conflictos de intereses.Se modificó la Carta de Política 14, denominada “Conflicto de Interés”, para establecer que los inspectores no podrán recibir capacitación ni calificación de compañías en las que está trabajan como inspectores principales.Cerrada
Funciones de vigilanciaContar con el número suficiente de inspectores para sus funciones de supervisión de seguridad. Aunque la supervisión se hace, el personal actual tiene sobrecarga de trabajo.Se realizaron gestiones con la Unidad de Recursos Humanos y con el Servicio Civil y Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para ampliar la cantidad de plazas. Cerrada
Funciones de vigilanciaIdentificar a la persona u organización que tiene la responsabilidad de la administración y el control del programa de credenciales del inspector descrito en la Carta de Política 7 (Credencial de identificación).Se desarrolló el instructivo 7I36, Obtención de la Credencial de Identificación para los Inspectores-Gestores de la DGAC, en donde se describe el responsable, procedimientos y el control general del programa de credenciales.Cerrada
Funciones de vigilanciaTener el número suficiente de inspectores de operaciones adecuadamente entrenados, calificados y actualizados para la vigilancia de los operadores aéreos.Se resolvió con la asignación de plazas por parte del Gobierno.Cerrada
Funciones de vigilanciaContar con un sistema que asegure que los inspectores reciben el entrenamiento necesario en nuevas tecnologías y en prevención de accidentes.Se impartieron cursos y se revisaron los programas de entrenamiento. El Departamento de Capacitación vigilará el Plan Anual de Capacitación.Cerrada
Funciones de vigilanciaAviación Civil debe tener un sistema para verificar que los registros de entrenamiento de los inspectores contengan la información necesaria.Se impartieron los entrenamientos y se completaron los registros de aquellos inspectores que requieren de este requisito.Cerrada
Funciones de vigilanciaContar con la política y procedimiento para verificar que los inspectores de operaciones de vuelo delegados por ACSA están capacitados, calificados y supervisados para desempeñar funciones encomendadas por Aviación Civil.Se actualizó el Procedimiento 7P19 Delegación de Funciones para la Seguridad Operacional y la Carta de Políticas 8, para mejorar las guías generales de entrenamiento inspectores calificados, incluyen también inspectores delegados de cualquier entidad.Cerrada
Funciones de vigilanciaContar con un sistema para verificar que el entrenamiento impartido satisface los requerimientos.Para mejorar el procedimiento de verificación de la calidad de los centros de instrucción, se modificó el instructivo 6I05 Aceptación de Centros de Instrucción. Este procedimiento debe ejecutarse cada vez que se utilice un nuevo centro de capacitación.Cerrada
Guías y procedimientos de ayuda para funciones de vigilanciaContar con un procedimiento integral que incluya criterios para realizar una evaluación de riesgos antes de otorgar una exención (por ejemplo, extender un plazo de meses para que se cambie un tipo de puerta de un avión).Se modificó el procedimiento 7P11 para ampliar la metodología y se incluyó la presentación de un análisis de riesgo.Cerrada
LegislaciónLa Ley General de Aviación Civil de Costa Rica y los estatutos de Cocesna pueden crear un traslape de responsabilidades entre la DGAC y la Agencia Centroamericana de Seguridad Aeronáutica (ACSA).La DGAC gestiona una acción correctiva que debe ser revisada y aprobada por la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (Cocesna) y la Comisión de Ministros de Transportes (Comitran). Se podría resolver en agosto.Pendiente
Obligaciones de licenciamiento, certificación, autorizaciones y aprobacionesContar con un sistema para asegurar que las autorizaciones especiales (por ejemplo para inspectores de ACSA que hacen un trabajo en nombre de Aviación Civil) no se otorguen sin toda la documentación requerida.Aviación Civil cuenta con el procedimiento 7P10 Certificación, el cual se revisó y enmendó para agregarle una guía fe procesos de certificación de las autorizaciones especiales.Cerrada
Obligaciones de licenciamiento, certificación, autorizaciones y aprobacionesImplementar un sistema para verificar que los titulares de Certificados de Operadores Aéreos (COA) de Costa Rica cumplan con los requisitos del estado de registro de la OACI.Se revisó el Manual de Inspector de Operaciones (MIO) para incorporar que la DGAC notifique los estados de matrícula cada vez que se hagan cambios relevantes en las operaciones de las empresas (como flota primaria o de intercambio) y otras documentos importantes.Cerrada
Obligaciones de licenciamiento, certificación, autorizaciones y aprobacionesGarantizar que los titulares de COA de Costa Rica cumplen con los requisitos del estado de registro de la OACI.Se hicieron enmiendas al reglamento regional de aviación y se modificó la lista de chequeo del Manual de Inspector de Operaciones (MIO) para agregarle un apartado de revisión para casos en los que se realice un arrendamiento mojado de aviones (contratos de un mes a dos años) para ajustarlo a la normativa internacional.Cerrada
Obligaciones de licenciamiento, certificación, autorizaciones y aprobacionesEstablecer un sistema para garantizar que los titulares de COA de Costa Rica cumplan con los requisitos de autorización especial del país y la OACI.Se hicieron enmiendas y mejoras a reglamentos nacionales. Como acción pendiente, Aviación Civil proveerá a la FAA, de manera regular, actualizaciones de las autorizaciones especiales que se otorguen y que sean de su interés.Pendiente
Obligaciones de licenciamiento, certificación, autorizaciones y aprobacionesAsegurar que las facilidades de PEL (Departamento de Licencias) utilicen materiales de referencia apropiados.Se estableció que la sala de exámenes será un área estéril donde solamente estarán las computadoras usadas para los exámenes.Cerrada
Obligaciones de vigilanciaAsegurar que todas las actividades de vigilancia se llevan a cabo según el Instructivo Plan Anual de Vigilancia (7I12). Este plan debe seguir un sistema basado en riesgos que permita hacer ajustes cada año.Se hicieron modificaciones y ajustes para agregar el procedimiento de reprogramación de auditorías y se analizaron los riesgos implícitos, el retraso y las acciones de mitigación recomendadas.Cerrada
Obligaciones de vigilanciaAsegurar que todas las actividades de vigilancia se llevan a cabo.Se verificó que todos los examinadores designados estén al día y se revisó el procedimiento de gestión de licencias para incluir detalle de la capacitación de los examinadores y sus períodos de recurrencia.Cerrada
RegulacionesDesarrollar y promulgar regulaciones para que el Estado implemente las provisiones de los anexos 1 (licencias al personal), 6 (operación de aeronaves) y 8 (aeronavegabilidad) de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).El Reglamento Aeronáutico Costarricense (RAC) de licencia está en proceso de publicación en el diario oficial La Gaceta y el RAC 21 (reglamento de aceptación de productos aeronáuticos) está en el proceso de revisión final y aprobación por parte del Poder Ejecutivo.Pendiente
RegulacionesAsegurar que las regulaciones costarricenses cumplen con los requisitos del estado del operador de acuerdo con el anexo 6 (Operaciones Aeronáuticas) de la OACI.Se revisó el MRAC OPS (reglamento centroamericano de operaciones), para incluir, las últimas enmiendas al apéndice 2 del anexo 6. El medio aeronáutico nacional recibió inducción y orientación de los cambios en la actualización de los reglamentos nacionales.Pendiente
RegulacionesAviación Civil debe asegurar que las regulaciones costarricenses cumplen con los requisitos de aeronavegabilidad de los anexos 6 (operaciones de aeronaves) y 8 (aeronavegabilidad).Se revisó y actualizó el RAC 21 (reglamento de aceptación de productos aeronáutica) para incluir las enmiendas del anexo 8 de la OACI, ya que no le aplican las del anexo 6. Se encuentra en proceso de revisión y aprobación final en el Gobierno.Cerrada
RegulacionesTener un sistema que asegure que las regulaciones costarricenses cumplen con los requisitos del estado del operador de acuerdo con el anexo 6 (operaciones de aeronaves).Está en trámite la creación de procesos de regulaciones para las unidades de Aeronavegabilidad, Licencias y Operaciones Aeronáuticas.Pendiente

EF analizó el informe con la ayuda de especialistas en aviación y aeronáutica para ofrecer una explicación más clara de los términos y conceptos.