Beneficio Beneficiarios Condiciones Plazo
Bono de S/3802.7 millones de hogares en situación de pobreza.https://bono.yomequedoencasa.pe Se realiza de Lunes a Viernes en agencias de la banca privada y Banco de la Nación.
Bono de S/760- 800 mil hogares con trabajadores independientes.- Figurar en el patrón del Midis. - No ser beneficiario de los programas Contigo, Juntos, Pensión 65 ni del bono S/380. - No deben estar en planilla del sector público o privado. - Deben tener ingresos menores a S/1200.Se empezó a depositar desde el 8 de abril. Se debe contar con cuenta en el Banco de la Nación.
Bono de S/720Trabajadores de sector Salud que prestan servicios de alerta y respuesta contra el coronavirus.Figurar en el Registro Nacional de Personal de la Salud del Minsa.La bonificación será mensual durante la emergencia y hasta tres días después del término de la misma.
Retiro de CTSTodos los trabajadores del sector formal.Solo se podrá retirar hasta S/2400Inició desde el 28 de marzo y el plazo estará definido por cada entidad bancaria.
Retiro de AFPLos afiliados que no acrediten aportes en los últimos seis meses consecutivos contados desde el 31 de marzo.https://www.consultaturetiroafp.peA partir del 6 de abril hasta el 27 de abril.
Entrega de víveresFamilias en condición de vulnerabilidad.Los municipios definen las zonas en donde se encuentran las familias más vulnerables.Plazos de entrega son definidos por cada municipalidad.
Pagos de recibos de luz y gas naturalUsuarios con consumos de hasta 100 kWh mensuales. Usuarios con consumos de gas de hasta 20m3/mes.Se podrá fraccionar el pago del recibo hasta en 24 meses sin intereses.Hasta 30 días hábiles después de concluída la emergencia nacional.
Pago de recibo de aguaTodos los consumidores a nivel nacional.Se espera norma que brinde mayores detalles sobre el fraccionamiento.Norma aún por emitirse.
Pago del teléfono, internet y cableUsuarios de telefonía fija y móvil, internet y televisión.Fraccionamiento de la deuda hasta en 12 meses por marzo y abril. Sin intereses.Establecidos por cada empresa operadora.
Subsidio a empresasEmpresas que hasta el 31 de diciembre de 2019 no tengan deudas tributarias mayores a 5 UIT con Sunat o municipalidades.Subsidio a trabajadores de quinta categoría y figuren en declaración jurada presentada el 29 de febrero.Empleador debe comunicar Código de Cuenta Interbancaria a Sunat. Sunat remitirá la información sobre el monto a subsidiar y los trabajadores que lo recibirán.