125.0125 | IVA exonerado a canasta básica | Rechazada |
126.0126 | IVA exonerado a medicamentos sus insumos y la materia prima para su elaboración y comercialización en Costa Rica | Rechazada |
127.0127 | Impuesto sobre la Renta para fundaciones y asociaciones distintas de las solidaristas que realicen parcialmente actividades lucrativas, mediante las cuales generan ingresos o patrimonio que distribuyen directa o indirectamente entre sus integrantes | Rechazada |
128.0128 | Impuesto que comprende la ley, hecho generador y materia imponible: | Rechazada |
129.0129 | Impuesto sobre la Renta: Impuesto que comprende la ley, hecho generador y materia imponible: | Rechazada |
130.0130 | Varias reformas a Ley de Impuesto sobre la Renta | Rechazada |
131.0131 | Varias reformas a Ley de Impuesto sobre la Renta | Rechazada |
132.0132 | Las organizaciones sindicales, las fundaciones y las asociaciones, declaradas de utilidad pública por el Poder Ejecutivo no estarán sujetas a pagar impuesto sobre la renta | Rechazada |
133.0133 | Se presumirá, en general, que las personas jurídicas tienen actividades lucrativas. Serán inscritas de oficio por Tributación. | Rechazada |
134.0134 | Definición de Renta Bruta | Rechazada |
135.0135 | Ganancias de capital excluidas de la renta bruta | Rechazada |
136.0136 | Ganancias de capital excluidas de la renta bruta | Rechazada |
137.0137 | Gastos deducibles de impuesto sobre la renta | Rechazada |
138.0138 | Gastos deducibles de impuesto sobre la renta | Rechazada |
139.0139 | Gastos no deducibles de impuesto sobre la renta | Rechazada |
140.0140 | Excluir de los gastos deducibles el pago de regalos, obsequios, ofrecimientos, ya sea directos o indirectos | Rechazada |
141.0141 | Imposibilidad de deducir gastos de impuesto sobre la renta aquellos realizados directa o indirectamente en paraísos fiscales | Rechazada |
142.0142 | Reincorporación original de la norma sobre subcapitalización | Rechazada |
143.0143 | Tarifa del impuesto sobre la renta | Rechazada |
144.0144 | Tarifa del impuesto sobre la renta | Rechazada |
145.0145 | Impuesto sobre la Renta a Cooperativas con rentas superiores a 106 millones de colones anuales | Rechazada |
146.0146 | Tarifa del impuesto sobre la renta | Rechazada |
147.0147 | El presente capítulo regula la tributación de las rentas del caipal y de las ganancias y pérdidas del capital. Salvo disposición expresa en contrario, lo regulado será aplicable al impuesto a las utilidades, en cuanto lo afectado por dicho impuesto, de conformidad con el Título I de la presente Ley | Aprobada |
148.0148 | Eliminar la exoneración a las ganancias de capital provenientes de operaciones con valores, | Rechazada |
149.0149 | Exonerar de Renta las herencias, los legados y las donaciones, respecto a sus perceptores, siempre que su valor total sea inferior a 500 salarios base | Rechazada |
150.0150 | Exonerar de Impuesto sobre la Renta las rentas y ganancias de capital del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y el régimen voluntario de pensiones complementar | Rechazada |
151.0151 | Exenciones al Impuesto sobre la Renta | Rechazada |
152.0152 | Renta exonerado a herencias, los legados y las donaciones, respecto a sus perceptores, siempre que su valor total sea inferior a 500 salarios base | Rechazada |
153.0153 | Renta exonerado a distribución de dividendos en acciones nominativas o en cuotas sociales de la propia sociedad que los paga, sin perjuicio de la tributación que le pueda corresponder a la posterior enajenación de éstas, de conformidad con lo dispuesto en este Capítulo | Rechazada |
154.0154 | Requisitos para exenciones del impuesto sobre la renta | Rechazada |
155.0155 | Exonerar de Impuesto sobre la Renta los planes de beneficio a los que se acojan los beneficiarios del Régimen Obligatorio de Pensiones, el fondo capitalización laboral y los beneficiarios de los planes de pensiones voluntarios | Rechazada |
156.0156 | Varias exoneraciones al Impuesto sobre la Renta | Rechazada |
157.1157.1 | Los fondos de inversión inmobiliaria podrá aplicar una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción | Rechazada |
157.2157.2 | Los fondos de inversión inmobiliaria podrá aplicar una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción | Rechazada |
157.3157.3 | Los fondos de inversión inmobiliaria podrá aplicar una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción | Rechazada |
158.0158 | Los fondos de inversión no financieros regulados en la Ley Reguladora del Mercado de Valores podrán aplicar una reducción del veinte por ciento (20%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción | Rechazada |
159.0159 | Impuesto de Renta del 7% para rendimientos generados por títulos valores en moneda nacional emitidos por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal | Rechazada |
160.1160.1 | Modificación al impuesto sobre la renta a pagar por excedentes o utilidades pagados por Asociaciones Solidaristas, Cooperativas u otras similares a sus asociados, | Rechazada |
160.2160.2 | Los excedentes o utilidades pagados por Asociaciones Solidaristas, Cooperativas u otras similares a sus asociados, estarán sujetos a la siguiente escala: a) Cinco por ciento (5%) por el equivalente a un cincuenta por ciento (50%) de un salario base. b) Sobre el exceso del cincuenta por ciento (50%) referido en el inciso anterior, se pagará un siete por ciento (7%) | Rechazada |
160.3160.3 | Los excedentes o utilidades pagados por Asociaciones Solidaristas, Cooperativas u ot-as similares a sus asociados, estarán sujetos a la siguiente escala: a) Cinco por ciento (5%) por el equivalente a un cincuenta por ciento (50%) de un salario base. b) Sobre el exceso del cincuenta por ciento (50%) referido en el inciso anterior, se pagará un siete por ciento (7%) | Rechazada |
161.0161 | Los rendimientos generados por títulos valores en moneda nacional emitidos por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, y el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, al amparo de la Ley No. 7052, del '13 de noviembre de 1986, y sus reformas, estarán sujetos a una tarifa del siete por ciento (7%) | Rechazada |
162.0162 | Quedan exonerados del impuesto al que se refiere el presente artículo las rentas de capital por bonos verdes. | Rechazada |
163.0163 | Los rendimientos de los ahorros efectuados por los asociados en las cooperativas de ahorro y crédito, y de las asociaciones solidaristas tendrán un límite anual exento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un salario base; sobre el exceso se retendrá y aplicará la tarifa indicada del siete por ciento (7%). | Rechazada |
164.0164 | La tarifa aplicable a la renta imponible de las rentas de capital y a la de las ganancias de capital será del quince por ciento (15%). | Rechazada |
165.0165 | Los rendimientos de los ahorros efectuados por los asociados en las cooperativas de ahorro y crédito, y de las asociaciones solidaristas tendrán un límite anual exento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un salario base; sobre el exceso se retendrá y aplicará la tarifa indicada del siete por ciento (7%). | Rechazada |
166.1166.1 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
166.2166.2 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
167.1167.1 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
167.2167.2 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
168.0168 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
169.0169 | Modificación de tramos del Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas | Rechazada |
170.0170 | Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán transferidos al Ministerio de Hacienda | Rechazada |
171.1171.1 | Reformas de tarifas del impuesto sobre la renta | Rechazada |
171.2171.2 | Reformas de tarifas del impuesto sobre la renta | Rechazada |
172.0172 | Por los premios que otorgue la Junta de Protección Social (JPS) independientemente del sorteo o la modalidad (chances, lotería, tiempos y otros premios) se pagará un 5% | Rechazada |
173.0173 | Por las dietas emanadas por directores de Juntas directivas se pagará una tarifa según la siguiente escala: 1) Hasta 10 salarios base por mes, se pagará el quince por ciento (15%). 4) Scbre el exceso de 10 salarios base por mes y hasta 12 salarios base por mes, se pagará un veinte por ciento (20%) 5) Sobre el exceso de 12 salarios base por mes, se pagará un 25% | Moción retirada |
174.0174 | Por los honorarios, las comisiones y otras prestaciones de servicios personales ejecutados sin que medie relación de dependencia, se pagará una tarifa del veinticinco por ciento (25%) | Moción retirada |
175.0175 | Por los honorarios, las comisiones, las dietas y otras prestaciones de servicios personales ejecutados sin que medie relación de dependencia, se pagará una tarifa del veinticinco por ciento (25%). (-) k) Por los pagos que se realicen a no domiciliados, con ocasión de espectáculos públicos que ocasionalmente se presenten en el país, se pagará una tarifa del quince por ciento (15%). | Rechazada |
176.0176 | Se exoneran del pago del impuesto señalado en este inciso los intereses y las comisiones, y otros gastos financieros que procedan de créditos otorgados por bancos multilaterales de desarrollo y organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo, así como las organizaciones sin fines de lucro que estén exoneradas del impuesto o no sean sujetas al impuesto según la legislación vigente, o cuando se trate de préstamos verdes. | Rechazada |
177.0177 | Impuesto que comprende la ley, hecho generador y materia imponible | Moción retirada |
178.0178 | Impuesto que comprende la ley, hecho generador y materia imponible | Moción retirada |
179.0179 | Impuesto sobre la Renta: Elementos patrimoniales afectos a actividad lucrativa | Rechazada |
180.0180 | La tarifa aplicable a la renta imponible de las rentas de capital y a la de las ganancias de capital será del quince por ciento ( 1 5%). | Rechazada |
181.0181 | Exonerar de Renta las rentas derivadas de los títulos emitidos en moneda nacional por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal y por el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda | Rechazada |
182.0182 | Exonerar de Renta las rentas derivadas de los títulos emitidos en moneda nacional por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal y por el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda | Rechazada |
183.0183 | Exonerar de Renta los rendimientos generados por los títulos emitidos en moneda nacional por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. | Rechazada |
184.0184 | Exonerar de Renta los rendimientos generados por los títulos emitidos en moneda nacional por por las cooperativas de ahorro y crédito | Rechazada |